La Escribanía de Larreta VS los Derechos de los porteños
Por Arq. Fabiana Martínez.
La Ciudad Autónoma de Buenos Aires, es la Capital de nuestro País, Argentina. La Ciudad más rica del País, dicen…
¿Será porque es la que más recauda? Sí.
¿Por qué es la que más servicios e infraestructura tiene, más Escuelas, Hospitales, Cines o Teatros? Sí.
Aunque la calidad de vida, la calidad de la Educación Pública y la de la Salud Pública haya ido cayendo desde hace más de 13 años. Y también es la que más desigualdad económica y social tiene.
Esta semana en la Legislatura de la CABA, se trato uno de los temas que más preocupan a los porteños: nuestra calidad de vida, nuestro Medio Ambiente. Es bien sabido que la Tierra es un bien finito, y que por sobre todas las cosas el suelo tiene una función social.
También es sabido que La Organización Mundial de la Salud (OMS) recomienda que las ciudades dispongan, como mínimo, un área verde de entre 10 m2 a 15 m2 por habitante, distribuidos proporcionalmente en relación a la densidad de población, Hecho que en nuestra ciudad no sucede, ya que promedio tenemos unos escasos 6 m2 por habitante, y en algunos barrios como Caballito apenas 1,24 m2 por habitante.
Ninguna de estas consideraciones se tuvo en cuenta, cuando el oficialismo dio media sanción a un proyecto presentado por el Ejecutivo para la rezonificación de los predios conocidos como Costa Salguero y Punta Carrasco. Esta preocupación es por el destino que, el Gobierno de Horacio Rodríguez Larreta quiere darle al espacio verde público: no solo lo vende, sino que además pretende cambiar las normas urbanísticas para que allí se construya un desarrollo inmobiliario de lujo de diez edificios de hasta 10 pisos de altura cada uno; lo cual además compromete el libre acceso al Río.
Lamentablemente la percepción generalizada es que estas áreas nunca fueron públicas, y esto se debió a que durante el “Menemato”, cuando la CABA todavía no era Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sino Capital Federal, se concesionaron estas tierras a empresas privadas para su explotación durante 30 años. Esta concesión finaliza el 2021; y a partir de ese momento el Gobierno de la Ciudad debería asegurarnos el libre acceso a un parque público, un paseo verde con acceso al Río; asegurando la calidad de vida de todos los porteños.
El gran problema, es que de aprobarse el proyecto debatido ayer en la Legislatura, se generaría una pared de que cerraría la ciudad hacia el río, además de impedir la ventilación de la ciudad, y lo más grave aún: multiplicaría la posibilidad de accidentes aéreos como el que hace años horrorizó al país, cuando se estrelló el avión de LAPA, justamente en Punta Carrasco.
La ciudad hoy no tiene ni espacios verdes públicos, ni ventilación, ni salud, ni educación…
Cual es el objeto de este negocio inmobiliario de Larreta, evidentemente llevar dinero a sus arcas, porque nos está despojando de todos los bienes de la CABA, y nada se ve reflejado en atender las necesidades sociales de los habitantes de la Ciudad. Las necesidades de los que vivimos, dormimos, trabajamos y estudiamos en la ciudad; porque además la ciudad en épocas anteriores a la Pandemia triplicaba la cantidad de personas que transitan por la ciudad por trabajo y trámites.
La temperatura de los barrios mediterráneos de la CABA, como Caballito, Almagro o Boedo, es 4º superior a la temperatura de cualquiera de los barrios que rodean a esta isla térmica; y 6 º superior a cualquier a de las comunas que están en el perímetro de la CABA.
Entonces, ¿cómo se soluciona esto? ¿Generando muros que nos cierren de espaldas al Río? O cumpliendo y haciendo cumplir lo enunciado en la Constitución de la Ciudad, Capítulo Cuarto: Ambiente en su Art. 27
Artículo 27 La Ciudad desarrolla en forma indelegable una política de planeamiento y gestión del ambiente urbano integrada a las políticas de desarrollo económico, social y cultural, que contemple su inserción en el área metropolitana. Instrumenta un proceso de ordenamiento territorial y ambiental participativo y permanente que promueve: 1. La preservación y restauración de los procesos ecológicos esenciales y de los recursos naturales que son de su dominio. 2. La preservación y restauración del patrimonio natural, urbanístico, arquitectónico y de la calidad visual y sonora. 3. La protección e incremento de los espacios públicos de acceso libre y gratuito, en particular la recuperación de las áreas costeras, y garantiza su uso común. 4. La preservación e incremento de los espacios verdes, las áreas forestadas y parquizadas, parques naturales y zonas de reserva ecológica y la preservación de su diversidad biológica. 5. La protección de la fauna urbana y el respeto por su vida: Controla su salubridad, evita la crueldad y controla su reproducción con métodos éticos. 6. La protección, saneamiento, control de la contaminación y mantenimiento de las áreas costeras del Río de la Plata y de la cuenca Matanza-Riachuelo, de las subcuencas hídricas y de los acuíferos. 7. La regulación de los usos del suelo, la localización de las actividades y las condiciones de habitabilidad y seguridad de todo espacio urbano, público y privado. 8. La provisión de los equipamientos comunitarios y de las infraestructuras de servicios según criterios de equidad social. 9. La seguridad vial y peatonal, la calidad atmosférica y la eficiencia energética en el tránsito y el transporte. 10. La regulación de la producción y el manejo de tecnologías, métodos, sustancias, residuos y desechos, que comporten riesgos. 11. El uso racional de materiales y energía en el desarrollo del hábitat. 12. Minimizar volúmenes y peligrosidad en la generación, transporte, tratamiento, recuperación y disposición de residuos. 13. Un desarrollo productivo compatible con la calidad ambiental, el uso de tecnologías no contaminantes y la disminución en la generación de residuos industriales. 14. La educación ambiental en todas las modalidades y niveles.
Bueno, les tengo malas noticias, el Código Urbanístico aprobado en diciembre de 2008, como Ley 6099 viola flagrantemente la Constitución de la Ciudad, como así también la Ley Nº 2930 del Plan Urbano Ambiental aprobada el 13 de noviembre de 2008 y que se debería haber actualizado cada 5 años.
Nada de eso se cumple, por lo tanto, si el CU viola leyes preexistentes y leyes superiores, y el mismo Código Urbanístico se torna Nulo por las irregularidades que conlleva; por carácter transitivo, cualquiera de las leyes dictadas en base al mismo los son.
Entonces, ¿Quién controla la gestión de Horacio Rodríguez Larreta?
Es nuestra responsabilidad, la de los habitantes de la ciudad cumplir y hacer cumplir las normas que garantizan nuestra calidad de vida, seguridad, educación y salud; y por las que pagamos nuestros impuestos.
En defensa de nuestro derecho al acceso al espacio verde y público, es que en 72 hs se conformó un colectivo representado en su inicio por 342 arquitectas, que firmamos una nota que se elevó a la Legislatura pidiendo que se archive el Proyecto de Ley Nº 2094-J-2020 (2020-13-GCABA-AJG) cuya norma urbanística admitiría la venta y/o concesión de los terrenos identificados como Distrito Joven sobre la Rivera del Río de la Plata en el área de Costanera Norte.
Este 28 de septiembre se presentó en la Legislatura Porteña una nota dirigida a cada uno de los/as 60 legisladores/as con la firma de 342 arquitectas. Entre los cuestionamientos están:
- La urgente necesidad de preservar las escasas reservas de suelo urbano existente como espacios verdes de uso público para las futuras generaciones.
- El alcance y las consecuencias ambientales y urbanas que podría ocasionar la ocupación con emprendimientos inmobiliarios de estos terrenos.
- Velar por la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que establece en su art. 8 que ¨los espacios que forman parte del contorno ribereño de la ciudad son públicos y de libre acceso y circulación”̈.
- Considerar que el Plan Urbano Ambiental, (ley marco a la que debe ajustarse la normativa urbanística y las obras públicas), establece en su art. 9, inc. C ítem 4 que se debe “destinar a uso público los predios de dominio estatal que se desafecten en las riberas”.