En el lawfare: ¿hay casos más graves que otros?
Por Dr. Maximiliano Rusconi.
Últimamente escucho de personas bien pensantes, algunas con más poder que otras, que no todos los casos del llamado Lawfare tienen la misma gravedad.
Es casi un preanuncio de quien formula la frase sobre en qué casos está dispuesto a “sacar los cuchillos” argumentales, o pagar costo político o liderar una marcha de protesta. Debo confesar que, a mí, ese tipo de clasificaciones, que pretenden trazar la frontera entre “Guatemala” y “Guatepeor”, me generan un mal humor difícil de describir y siento que el interlocutor me está avisando que en cinco minutos va a claudicar. Seguramente, esa sensación, a veces, es injusta o exagerada.
Pero, sobre todo, esos falsos dilemas me hicieron pensar en algo que nos pasó a algunos juristas argentinos al llegar a Guatemala, justamente, en una tarea muy importante de transformación. Uno de los objetivos, ius humanitarios, que todos teníamos pasaba por el mayor reconocimiento a la diversidad cultural y a los derechos de los pueblos originarios. Pero, enseguida algunos nos chocamos con algo que en teoría no había modo de justificar desde ningún lugar ético-jurídico: los sistemas de resolución de conflictos de las comunidades indígenas incluían los castigos físicos o penal corporales y la estigmatización comunitaria de esa cruenta aplicación del dolor sobre el infractor. Para mí eso era un camino que no admitía ninguna relativización.
Sin embargo, un compatriota a quien yo admiraba mucho y sigo admirándolo, me dijo: “Maxi, si yo te diera a elegir que te corte un dedo o que te prive 10 años de tu libertad, ¿qué preferirías? ¿Estamos seguros que el mundo occidental es más civilizado que estos pueblos milenarios?
Yo no tuve respuesta para dar, no sé si hoy la tengo, pero empecé a ver las cosas con mayor profundidad y serenidad.
Quizá la pregunta escondía un falso dilema. Quizá estos caminos no deban legitimarse en una elección personal.
Pero, lo que es seguro, es que mi respuesta hoy comenzaría por plantear que ni un camino ni el otro aparecen con herramientas socialmente aceptables desde el punto de vista moral, más allá de que la pena de prisión tenga mucha aceptación comunitaria y forme parte de aquellas cosas que la comunidad no puede siquiera imaginar que falten. Hoy la pena de prisión, como dice el refrán está, “vivita y coleando”.
¿qué es más importante, la integridad física o la libertad? ¿podemos responder esta pregunta? Yo creo que no.
Pero volviendo a los casos de Lawfare, hacer un ranking de gravedad de estos casos en primer lugar nos presenta la duda de ¿para qué haremos este campeonato?, ¿para revisar algunos casos y perdonar otros?
Si esto fuera así deberíamos estipular un ranking de importancia de las garantías y/o principios fundamentales. ¿Qué vale más, el principio de legalidad o el juicio previo?, ¿el principio de culpabilidad o la garantía de derecho de defensa en juicio?, ¿el principio de inocencia o el principio de proporcionalidad?, ¿La imparcialidad del juez o el principio in dubio pro reo?, ¿la igualdad ante la ley o el derecho a que las decisiones judiciales sean motivadas?, ¿el principio de que las cárceles no serán para castigo o el principio de congruencia entre imputación y sentencia?
Los funcionarios que lo fueron entre los años 2003 y 2015, en una gran cantidad de ocasiones, presentan datos siempre visibles: su persecución ha sido motivada por razones ideológicas, se han violado garantías esenciales del estado de derecho, el sistema judicial no ha dado la mínima oportunidad de revisar esas decisiones (me refiero a revisiones reales, no sólo formales, No hace falta que fueran 9 o 15 jueces, alcanzaba con UN JUEZ DE LA CONSTITUCION que estuviera dispuesto a no convalidar desatinos constitucionales). Frente a estas constantes, que el funcionario fuera más o menos empático, que hubiera tenido en el pasado conflictos con quienes hoy tienen el poder, no parece tener para una visión política de grandeza, ninguna trascendencia.
Lo único importante es que la redignificación ética del país no puede admitir nunca que estas lesiones espantosas del estado de derecho sean legitimadas o siquiera olvidadas. Es más, en quienes ejercen hoy el poder político, existe una regla inversa: algo así como que, a menor empatía con el beneficiario de nuestra lucha, mayor valor ético en los actos de reconstrucción del estado de derecho.
Las garantías constitucionales representan un mínimo ético. Sin ellas casi nada tiene sentido en términos de vida comunitaria.