De los muertos de Trelew a una Reversión Judicial (aunque le resulte antipático al partido judicial)

Por Emilio Augusto Raffo

La masacre de Trelew es el nombre que recibió el asesinato de 16 miembros de distintas organizaciones peronistas y de izquierda, presos en el penal de Rawson, capturados tras un intento de fuga y ametrallados posteriormente por marinos dirigidos, entre otros, por el capitán de corbeta Luis Emilio Sosa. Los sucesos tuvieron lugar en la madrugada del 22 de agosto de 1972, en la Base Aeronaval Almirante Zar, una dependencia de la Armada Argentina próxima a la ciudad de Trelew, provincia del Chubut, en la Patagonia austral.

Hace ya 48 años.

A mi modesto entender, y por una cuestión meramente generacional, fue el caso paradigmático de la violación a los derechos humanos desde el aparato represivo estatal en épocas de dictaduras cívico militares.

También corresponde esta aseveración con respecto al asesinato del general Juan Josè Valle y los fusilamientos de junio de 1956 -todos ellos en nombre de la “libertad”-, o los múltiples consumados a partir de 1976.

Pasaron 48 años del suceso que motiva esta nota y todos los autores de tan brutal accionar se encuentran en libertad.

A partir de la derogación y nulidad de las leyes de obediencia debida y punto final, y gracias al accionar del juez Ricardo Sastre, que evitó la prescripción de la causa, el capitán Sosa fue detenido y llevado al juez natural, al igual que el resto de los inculpados.

Permanece prófugo Roberto Guillermo Bravo, un ex militar, de 72 años, detenido en marzo de 2010 en Estados Unidos en donde permanece en libertad a la espera del trámite de extradición.

Debo presumir, razonablemente, que nada se ha hecho en los últimos 5 años, para instar su extradición.

A pesar de la inicial detención, todos los inculpados aguardaron su juzgamiento excarcelados, pese a que algunos de ellos estuvieron prófugos de la justicia a partir de 2004.

En efecto, en su momento y por unanimidad, el Tribunal Oral Federal de Comodoro Rivadavia decidió que los cinco acusados por la Masacre de Trelew quedaran libres. De este modo, Luis Emilio Sosa, Carlos Amadeo Marandino, Emilio Jorge Del Real, Rubén Norberto Paccagnini y Jorge Enrique Bautista no fueron a la cárcel y siguieron el proceso excarcelados.

En octubre de 2012, una multitud respetó el silencio pedido por el presidente del TOF, Enrique Guanziroli, al iniciar la lectura del veredicto, silbó en protesta de las absoluciones de Rubén Paccagnini y Jorge Bautista y festejó con aplausos, llantos y de pie al grito de “asesinos” las condenas a prisión perpetua e inhabilitación absoluta de Luis Sosa, Emilio Del Real y Carlos Marandino.

Lo cierto es que luego de esa histórica sentencia -aguardada durante cuarenta años- ninguno de los responsables de tan atroz asesinato cumple su condena en la cárcel. Por motivos diversos -la mayoría por tratarse de “viejitos”- obtuvieron morigerar su condena y gozan de los beneficios que los jueces responsables de su ejecución les otorgaron.

Digamos también que el Capitán Sosa no cumplió ni un día de condena y murió en su casa, junto a sus familiares.

La realidad es que esos “viejitos” son tan peligrosos como antes. Las manifestaciones del ex comisario Etchecolatz, con motivo del juicio de “La Cacha” (“No sé a cuántos maté y lo volvería a hacer”), o del represor Jorge Capitán, que gozaba de libertad y que denunciado por el diario Tiempo Argentino habilitó la revocación de ese irritante beneficio (“No me arrepiento de nada”, había dicho) es una prueba irrefutable de ello. Por solo citar dos casos y sin reseñar los múltiples y constantes casos de violación -cuando no, la actitud burlona- de dicha franquicia.

En su momento el juez Claudio Pontet dictó la falta de mérito del director del diario La Nueva Provincia, Vicente Massot, acusado por violación a los derechos humanos, imputado de los asesinatos de dos obreros gráficos y de hacer aportes esenciales para facilitar el accionar represivo desde 1976.

Similar situación con la cual se benefició al titular del Ingenio Ledesma, Carlos Pedro Blaquier, vinculado a secuestros extorsivos, entre otros, los de la denominada Noche del Apagón.

El día antes, el juez Julián Ercolini rechazó tomarle declaración indagatoria a Héctor Magnetto (Ceo de Clarín), a su dueña, Ernestina Herrera de Noble, y al director del diario La Nación, Bartolomé Mitre, por el despojo de Papel Prensa, que sufrieran los integrantes de la familia Graiver (entre otros horribles vejámenes que debieron sufrir).

Días después, la Sala III de la Cámara Federal dictó una resolución similar al ex jefe de Redacción de Para Ti, Agustin Botinelli, decretando la falta de mérito como consecuencia de la publicación de un reportaje falso a Thelma Jara de Cabezas, quien estaba secuestrada en la ESMA.

Del mismo modo vemos, a diario, cómo una jueza federal, quien había asumido el rol de querellante en representación de las hijas menores del fallecido fiscal Nisman, es injustificadamente recibida por el presidente de la Corte Suprema de Justicia, y peticiona con inusitada frecuencia medidas tendientes a paralizar la investigación, manteniendo así la convulsión social generada por tan resonante caso. Actualmente, y luego de asegurar y denunciar públicamente el supuesto asesinato del ex Fiscal, ernardeciendo – sin duda – a gran parte de la población ha desistido de continuar con ese papel en la causa.

Mientras ello ocurre, el “Ángel de la Muerte”, Robledo Puch, permanece en la cárcel desde hace más de 45 años, cumpliendo una justa condena por la comisión de 11 homicidios, 17 robos, y dos casos de abuso deshonesto.

Tras el fallo de la Cámara Federal que ratificó la sentencia del juez Rafecas, rechazando la apelación por la infundada y disparatada denuncia del ex fiscal Alberto Nisman contra la presidenta y su canciller, el fiscal actuante doctor Germán Moldes, admitió que puede administrar los tiempos para evitar que le toque “un fiscal militante de Justicia Legítima” en el recurso que interpondrá contra esa sentencia, buscando un fiscal “que le resulte simpático”.

Eso y decir que se pueden elegir juez y fiscal permisivos, permeables a sus pretensiones, es tanto como asegurarse el resultado de la petición. Posibilidades éstas vedadas a los ciudadanos de a pie.

Hacete amigo del juez; no le des de qué quejarse; y cuando quiera enojarse vos te debés encoger, pues siempre es güeno tener palenque ande ir a rascarse”

José Hernández en su obra maestra Martín Fierro. 

Pero esos, teje y manejes, -siguiendo a Martín Fierro- parece no haber alarmado a parte de la ciudadanía y a los medios hegemónicos.

Bajo el ampuloso rótulo de “Reforma Judicial” vemos el intento, dentro del marco legal, de que el sistema de la ocupación de altos cargos judiciales, sean ocupados por los profesionales que han concursado – y ganado – los certámenes correspondientes y que cuentan con el acuerdo constitucionalmente reservado a la Cámara de Senadores de la Nación.

Nadie parece haber leído el artículo 99 de la Constitución Nacional, esto es la potestad del Poder Ejecutivo de nombras a los jueces, dentro de una terna elevada por el Consejo de la Magistratura, conforme lo dispuesto por el artículo 114.

Parece muy ilógico seguir con un razonamiento lineal que determina que se concursa para ocupar un cargo y, en caso de ganar y ser propuesto por el Poder Ejecutivo, ¿sólo puede ocupar “ese cargo jurisdiccional” y no otro.? ¿Y que si el personaje en cuestión quiere ocupar “otro cargo” deberá concursar y competir con tantos otros postulantes hubiere?

Si hubiese llegado el caso (no quiero cargar las tintas con el anterior Gobierno Constitucional, sus Ministros ni siquiera con la denominada “Mesa Judicial”) que algún Magistrado que ocupase, ilegítimamente, un cargo sin haber seguido los pasos que la Constitución y las leyes que regulan el ejercicio de los procedimientos específicos ¿debe adoptarse algún tipo de revisión al accionar irregular?

¿No sería prudente abandonar la definición de Reforma Judicial por el de Reversión Judicial?, es decir que los jueces que si habían ganado concursos anteriores volviesen a sus cargos naturales y dejar liberadas las magistraturas ocupadas irregularmente para ser cubiertas mediante los concursos pertinentes?