Convenio 190 de la Organización Internacional del Trabajo para la eliminación de la violencia y el acoso en el mundo del trabajo
Por Jacqueline Jorgensen – Asesora del CESMAR (Centro de Estudios Superiores del Mar Argentino dependiente de la Asociación Argentina de Capitanes, Pilotos y Patrones de Pesca)
Mediante la aprobación del Convenio Internacional del Trabajo 190 sobre la violencia y el acoso en el mundo del trabajo, la Organización Internacional de Trabajo puso al descubierto la problemática del ejercicio de la violencia y acoso en las relaciones de trabajo, centrándose en aquellas que se producen por razón de género, en la medida que la misma pueda constituir una amenaza significativa para los derechos de las personas que la padecen, afectando la igualdad de oportunidades.
A un año de haberlo ratificado mediante la Ley 27580, sancionada por el Congreso Nacional el 15 de diciembre de 2020, y habiendo depositado el instrumento de ratificación en OIT el 23 de febrero de 2021, finalmente El 23 de febrero de 2022 entro en vigencia en nuestro país el Convenio 190 para la eliminación de la violencia y el acoso en el mundo del trabajo.
Este convenio parte por reconocer el derecho de toda persona a un ambiente laboral libre de violencia y acoso.
¿A quiénes protege el convenio?
Como lo expresa en su Artículo N° 2, el Convenio protege a los trabajadores y a otras personas en el mundo del trabajo, cualquiera sea su situacióncontractual: a las personas en formación (donde se incluyen a los pasantes y aprendices), a los trabajadores despedidos, a los voluntarios, a las personas en busca de empleo, a los postulantes a un empleo, como así también a las personas que ejercen la autoridad y las funciones de empleador.
¿Dónde vamos a estar protegidos los trabajadores?
Un punto a destacar del Convenio es que se aplica a la violencia y el acoso que ocurren durante el trabajo, en relación con el trabajo o como resultado del mismo. La protección incluye el lugar de trabajo, los espacios públicos y privados siempre y cuando estos sean un lugar de trabajo, los lugares donde se le paga al trabajador, los lugares de descanso, los comedores, los vestuarios, durante los desplazamientos, viajes, eventos o actividades sociales o de formación relacionados con el trabajo, en las comunicaciones incluidas las que se realicen por medio de tecnologías de la información y comunicación, en el alojamiento que pueda proporcionarnos el empleador, como así también en los trayectos entre domicilio y el lugar de trabajo.
Ahora bien, como lo especifica el convenio, será responsabilidad de todo miembro que ratifique el mismo RESPETAR, PROMOVER Y ASEGURAR el disfrute del derecho de toda persona a un mundo del trabajo libre de violencia y acoso, por lo que se deberá adoptar en conformidad con la legislación y la situación nacional, como así también con las organizaciones representativas de empleadores y de trabajadores las medidas necesarias para su buena aplicación.
Hoy en día en la Argentina desde los distintos sectores se viene trabajando arduamente capacitando sobre el tema. Desde el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTEySS) se lanzó “Qualitas 190”, un programa que brinda herramientas al sector empleador para prevenir y abordar la violencia y el acoso en el mundo del trabajo en el marco del Convenio 190. Las organizaciones gremiales ya venían trabajando para dar a conocer el Convenio desde antes de su entrada en vigencia, como es el caso de la Asociación Argentina de Capitanes, Pilotos y Patrones de Pesca que brinda webinarios de formación y acción para fomentar su aplicación y que los trabajadores puedan conocer y tener las herramientas para hacer valer sus respectivos derechos, como así también distintas entidades sindicales que se encuentran dando charlas informativas al respecto. Todavía hay mucho trabajo por realizar pero no cabe ninguna duda que el Convenio 190 va a marcar un antes y un después en las relaciones laborales.